DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
 

El 5 de septiembre de 1991, entró en vigor en México el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, en el que se reconocen sus derechos y se garantiza la protección y respeto a ellos. Esto es trascendente en nuestro país, por su composición pluricultural sustentada originalmente en su población indígena.

Valorar y respetar nuestras raíces culturales es un deber de todos.

Los pueblos indígenas tienen los siguientes derechos:

Derecho a la igualdad

  • La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce la igualdad de los hombres ante la ley.
  • Tienen los mismos derechos y oportunidades que los demás miembros de la población.
  • Deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación.

Derecho a la identidad social y cultural

  • El respeto a su identidad social y cultural, sus costumbres, tradiciones y sus instituciones.
  • El reconocimiento y la protección de sus valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales.
  • La preservación de sus lenguas y la promoción del desarrollo y la práctica de éstas.
  • La consideración a sus costumbres al aplicarles la legislación nacional, siempre que no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por las leyes del país, ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos.

Derecho al desarrollo

  • Decidir sus prioridades respecto al desarrollo, en la medida en que esto afecte sus vidas, creencias, instituciones, bienestar espiritual y las tierras que ocupan o utilizan.
  • Controlar, en lo posible, su propio desarrollo económico y cultural.

Derecho a la tierra y a la utilización de sus recursos

  • El reconocimiento por parte del gobierno de la propiedad y posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan.
  • El acceso a tierras que no estén ocupadas de manera exclusiva por ellos, pero en las que acostumbran realizar sus actividades tradicionales y de subsistencia.
  • Participar en el uso, administración y conservación de los recursos naturales de sus tierras.

Derecho a la educación

  • Programas y servicios educativos destinados a ellos y desarrollados con su cooperación.
  • Medidas educativas en todos los sectores de la comunidad, a fin de eliminar los prejuicios que pudieran tener con respecto a los pueblos indígenas.
  • Programas que consideren su historia, sus técnicas, sus conocimientos y sistema de valores y todas las demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.

 

 
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