DERECHOS DE LAS Y LOS TRABAJADORES MIGRANTES
 

Quienes por alguna razón se ven en la necesidad de abandonar su lugar de origen para trabajar, mantienen todos sus derechos que el gobierno reconoce y tutela para todas las personas y en atención a sus circunstancias. Son considerados un grupo especialmente vulnerable expuesto a la explotación y a la violación en sus derechos.

La migración a otro país por causa de pobreza no debe ser calificada como un delito, sino como una falta administrativa y en todo caso, las personas en esas circunstancias deben recibir un trato humano y digno. Más aún, deben reconocerse los orígenes del problema y hacer lo posible por desterrar aquello que lo ocasiona: la guerra, los conflictos civiles y políticos, la inseguridad o la persecución derivadas de la discriminación por motivos de raza, origen étnico, color, religión, idioma u opiniones políticas, factores que contribuyen al flujo migratorio de trabajadores.

Todo gobierno tiene la obligación de:

  • Proteger a las personas migrantes, nacionales y extranjeras, así como a sus familias;
  • Procurar condiciones satisfactorias, equitativas y dignas tanto para migrantes nacionales como para extranjeros;
  • Supervisar el trato laboral a los migrantes por el riesgo de sufrir explotación de cualquier tipo y por contar con pocos medios que garanticen su defensa y autoprotección.
  • Tutelar el derecho de las (os) migrantes para organizarse, y a interponer un recurso judicial en los casos en que sus derechos como personas o como asociaciones hayan sido violados de cualquier manera, sea por parte de una autoridad o si han sufrido explotación de otros particulares.
  • Contribuir al establecimiento de mecanismos de una migración segura, mediante acuerdos internacionales por los que se moderen los flujos migratorios, se atienda la demanda de trabajo y se evíten situaciones de peligro para la vida de numerosas personas en su búsqueda por una vida mejor.
  • Supervisar a las empresas que emplean migrantes, ya que deben respetar los derechos laborales derivados de la relación contractual con los trabajadores, sin discriminación alguna.
  • Atender, prevenir y combatir el transporte ilegal de mano de obra hacia dentro o fuera de México, ya que dicha actividad es delincuencial y en algunos casos somete a los migrantes a un trato de esclavitud equiparada o de trabajo forzoso: la intervención del estado en este punto es necesaria y urgente.
  • Supervisar los casos en que se proporciona habitación a trabajadores migrantes en actividades agrícolas temporales, y estar en comunicación con el gobierno para evitar cualquier tipo de abuso y el maltrato en el marco de las condiciones legales laborales referidas a las condiciones de trabajo, las condiciones de vida y las prestaciones pactada.


Los derechos fundamentales de las y los migrantes no están protegidos eficazmente en nuestro estado; es necesario que los diversos gobiernos locales que tienen en su ámbito migrantes apliquen medidas efectivas que eviten su explotación; los ciudadanos requieren aplicar un alto sentido solidario para denunciar casos de explotación y abuso de cualquier forma en contra de las y los migrantes y sus familias.

Si sufres algún menoscabo en tus derechos por ser migrante o si adviertes que hay víctimas de abuso o explotación de otras personas por ser migrantes, no temas denunciar el caso. Para quejas que impliquen alguna responsabilidad del gobierno de Jalisco y de sus municipios, comunícate con la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco.

 

 
PEDRO MORENO 1616, COLONIA AMERICANA. CP 44160. CONMUTADOR 3669 1101, 01800 201 8991. PARA INTERPONER UNA QUEJA POR TEL. 3669 1100